Los talleres de reparación de vehículos cuyas actividades presentan un alcance definido (como la existencia de depósitos enterrados de sustancias peligrosas) están incluidos en el Anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.
Los talleres deben presentar el Informe Preliminar de Suelos e informes periódicos. En el siguiente artículo encontrarás información detallada sobre las obligaciones del taller respecto al Informe Preliminar de Suelos. (Nota: es muy importante considerar la normativa autonómica al respecto, pues puede establecer especificaciones u obligaciones adicionales).